Fiscal

SAT no debe negar estímulo IVA en construcción por requisitos restrictivos. PRODECON

http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/hb/recomendaciones

El 3 de julio la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) publica en su página de Internet la Recomendación Federal 05/2019 que versa sobre la aplicación del estímulo fiscal que otorga medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales.

El estímulo en mención es el publicado en el DOF el día 26 de marzo de 2015, otorga beneficios a contribuyentes que realizan a la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación

El estímulo fiscal para efectos del IVA, consistente en la aplicación de una cantidad equivalente al 100% del impuesto causado por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra, materiales; y además dichos servicios se lleven acabó en la obra en construcción al propietario del inmueble, quien deberá ser titular del permiso, licencia o autorización de la construcción de la vivienda correspondiente.

El estímulo tiene como uno de sus requisitos para efectos de aplicar el estímulo, que los contribuyentes presenten en el mes de enero de cada año el aviso en que manifiesten que optan por el beneficio, sin embargo no contempla el supuesto de contribuyentes que inicien operaciones con posterioridad al mes de enero.

La PRODECON señala que la autoridad fiscal vulnera los derechos del contribuyente en caso de impedir la aplicación del estímulo fiscal de IVA, por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, toda vez que debe considerar el inicio de actividades del contribuyente.

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