Este 13 de junio en el DOF se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Entre los aspectos más importantes contemplados en este documento está la reducción del plazo para:
- promover la demanda de nulidad de 45 a 30 días. Este cambio es aplicable también respecto de la contestación a la misma
- ampliar la demanda de 20 a 10 días. De igual forma para la contestación correspondiente
- emitir la sentencia de 60 a 45 días hábiles
- cumplir con la sentencia de cuatro meses a uno, solo en el juicio sumario, y
- presentar el recurso de reclamación de 15 a 10 días
- notificar las actuaciones a las partes mediante boletín jurisdiccional. Para ello, los interesados recibirán un aviso previo al e-mail que hubiesen señalado en su escrito inicial de demanda
- presentar la demanda o cualquier promoción, tratándose de personas morales, ya sea con su firma electrónica avanzada o la de su representante legal
- conceder a las partes, en el juicio sumario, un término de tres días para exhibir alegatos quedando cerrada la instrucción una vez fenecido ese lapso
- cerrar la instrucción por ministerio de ley, y
- resolver vía acuerdo del Magistrado Instructor sobre la suspensión dentro de las 24 horas siguientes a partir de la solicitud, y que las autoridades demandadas rindan su informe justificado durante las 48 horas siguientes