Omisión de envío de contabilidad, información de operaciones relevantes y de partes relacionadas.
Una de las reformas al Código Fiscal de la Federación que estará vigente a partir de 2016, es en materia de infracciones y sanciones. Al respecto, el Artículo 81 se reforma para incluir las siguientes infracciones:
Operaciones relevantes y precios de transferencia
No proporcionar la información de operaciones relevantes (Artículo 31-A CFF) y la información de operaciones con partes relacionadas (Artículo 76-A LISR) o proporcionarla incompleta, con errores, inconsistencias o en forma distinta a lo señalado en las disposiciones fiscales. Para esta infracción se establece una multa de $140,540 a $200,090.
Cabe precisar que a partir de 2016 estará vigente una nueva obligación contenida en el adicionado artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), consistente en presentar una serie de declaraciones anuales informativas de partes relacionadas.
Contabilidad electrónica
La otra infracción que se adiciona al Artículo 81 del CFF es la de no presentar la contabilidad a través de la página de Internet del SAT estando obligado a ello; ingresarla fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales, o bien, no ingresarla de conformidad con las reglas de carácter general, así como ingresarla con alteraciones que impidan su lectura. Para esta infracción se establece una multa de $5,000 a $15,000.
Como se ha precisado, estas infracciones y multas estarán vigentes a partir del 1 de enero